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Facturación electrónica

Cuánto tiempo hay que guardar las facturas en Argentina

La regla práctica es 10 años: qué exige la normativa fiscal y comercial, qué comprobantes alcanza, cómo conservar facturas electrónicas y qué pasa si no las tenés.

Autor
Martín Aquino
Publicado
Lectura estimada
4 min de lectura

La respuesta práctica primero: guardá tus facturas — emitidas y recibidas — por 10 años. Es el plazo que cubre a la vez la exigencia comercial y la fiscal, y es el estándar que cualquier contador te va a recomendar. Ahora, el porqué y — más útil — el cómo, porque “guardar” facturas electrónicas bien es más que tener PDFs sueltos en una carpeta.

De dónde sale el plazo

Dos marcos se superponen:

  • Normativa comercial: el Código Civil y Comercial (art. 328) exige conservar los libros y la documentación respaldatoria por 10 años (contados, para los comprobantes, desde su fecha).
  • Normativa fiscal: la Ley de Procedimiento Tributario obliga a conservar los comprobantes mientras los impuestos del período no estén prescriptos. La prescripción base es de 5 años para contribuyentes inscriptos, pero se suspende e interrumpe por múltiples causas (determinaciones, juicios, moratorias), así que el plazo real puede estirarse bastante más.

Conclusión operativa: 10 años cubre los dos frentes. Borrar antes es apostar a que ningún período viejo se reabra.

Qué hay que conservar (no es solo lo que emitís)

  • Comprobantes emitidos: facturas, notas de crédito y débito, tickets — con su CAE.
  • Comprobantes recibidos: las facturas de tus proveedores son el respaldo de tus gastos deducidos y tu crédito fiscal computado. Este es el lado que más se pierde — y el que más duele perder.
  • Documentación asociada: remitos, recibos, resúmenes bancarios y todo lo que respalde las operaciones registradas.

Vale para todos: responsables inscriptos y monotributistas. Para el monotributista, además, los comprobantes de compras son la prueba de actividad real ante una recategorización de oficio.

”Está en ARCA” no es un plan de conservación

Es cierto que ARCA registra cada comprobante electrónico autorizado, y que podés reimprimir lo emitido desde Comprobantes en Línea. Pero el deber de conservación es tuyo:

  • Lo que recibiste de proveedores no lo reimprime ARCA por vos con su detalle completo.
  • Ante un requerimiento, quien exhibe la documentación sos vos, en el plazo que te fijen — “déjeme buscarlo en el sitio de ARCA” no es una estrategia.

Cómo conservar facturas electrónicas bien

La buena noticia: para comprobantes electrónicos el archivo digital es el original — no hay cajas de papel que acumular. Las tres condiciones de una conservación seria:

  1. Íntegra: el comprobante completo (PDF con CAE y QR), no capturas ni resúmenes.
  2. Recuperable: respaldada en más de un lugar — el disco de la única notebook del negocio no es un archivo, es un punto único de falla.
  3. Ubicable: poder encontrar “todas las facturas de tal proveedor de 2023” en minutos, no en una tarde. El criterio mínimo: organización por fecha, tipo y contraparte.

Qué pasa si no tenés un comprobante

  • Gasto impugnado: sin respaldo, la deducción en Ganancias y el crédito fiscal de IVA se caen — con diferencias de impuesto e intereses.
  • Operación cuestionada: en una verificación, el comprobante faltante desplaza la carga de la prueba hacia vos.
  • Multas por incumplimiento de los deberes formales de conservación y exhibición.

Cómo lo resuelve ProFactur

Todo lo que emitís con ProFactur queda archivado automáticamente — comprobante completo con CAE, QR y PDF — buscable por cliente, fecha, tipo e importe, y reimprimible en segundos cuando alguien (un cliente, tu contador, un inspector) lo pide. El histórico no depende de la computadora del mostrador ni de carpetas de correo: está en tu cuenta, respaldado. Probalo gratis.

El archivo de comprobantes es como un seguro: su valor se ve el día que lo necesitás. La diferencia es que acá el siniestro tiene fecha estimable — cualquier requerimiento de los próximos 10 años.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años hay que guardar las facturas?

La regla práctica es 10 años. La normativa comercial (Código Civil y Comercial, art. 328) exige conservar la documentación respaldatoria por 10 años, y la normativa fiscal obliga a mantenerla mientras el impuesto no esté prescripto — plazo que con suspensiones e interrupciones puede extenderse. 10 años cubre ambos frentes.

¿Las facturas electrónicas también hay que guardarlas si están en ARCA?

Sí. Que ARCA registre el comprobante no te exime del deber de conservación: sos vos quien debe poder exhibir la documentación de tus operaciones ante un requerimiento, incluyendo los comprobantes recibidos de proveedores, que ARCA no te va a reimprimir con su detalle completo.

¿Sirve guardar solo el PDF o necesito papel?

Para comprobantes electrónicos, el archivo digital es el original — no hay papel que guardar. Lo importante es que el archivo sea íntegro, legible y recuperable: respaldado en más de un lugar y ubicable por fecha, tipo y contraparte.

¿Qué pasa si ARCA me pide una factura que no tengo?

Un gasto sin comprobante respaldatorio puede ser impugnado: perdés la deducción en Ganancias y el crédito fiscal de IVA computado, con diferencias e intereses. En una operación cuestionada, el comprobante faltante convierte una verificación de rutina en un problema.

¿Los monotributistas también tienen que conservar comprobantes?

Sí, tanto los emitidos como los de sus compras. En una recategorización de oficio o una exclusión, los comprobantes de compras y gastos son la prueba de la actividad real — no tenerlos juega siempre en contra.

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